Ayuda Cheque Guarderia: Becas de la Comunidad de Madrid



Información de interés sobre las ayudas del Cheque guardería

Becas (Ayuda Cheque Guarderia) de la Comunidad de Madrid


Ya se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el extracto de la Orden 1532/2022 de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía y de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2022-2023.

El plazo de presentación de solicitudes será del 14 de junio al 11 de julio de 2022, ambos inclusive.

Matriculación y reserva de plaza en la Escuela Infantil Alarcón:

 

Para disfrutar de esta beca en nuestra Escuela de Educación Infantil Alarcón es necesario formalizar la reserva de plaza en el centro. Para más información sobre plazas y admisiones podéis contactar con Palmira Rodríguez a través de admisiones@colegioalar.com o visitando nuestra sección de Admisiones online.

Información de interés sobre las becas “Cheque guardería”:

 

1.- Es imprescindible que la solicitud esté firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en dicha solicitud y debe ir acompañada obligatoriamente de una copia del libro de familia o certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.

Si la solicitud se presenta telemáticamente, en el caso de que no pueda ser firmada digitalmente más que por uno de ellos, se deberá adjuntar documento firmado por el resto de miembros mayores de edad consignados en la solicitud donde autoricen a la presentación de la solicitud en su nombre y, en su caso, su oposición/autorización a la consulta de datos por la Comunidad de Madrid.

 

2.- Hay que prestar especial atención a marcar correctamente las casillas donde se autoriza o se oponen a la consulta de datos. En el caso de que se oponga, se deberá marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportarse la documentación exigida en las bases reguladoras y en la orden de convocatoria.

Así, si no se autoriza expresamente la consulta de información de renta de la Agencia Estatal de Administración Tributaria 2020, se deberá adjuntar un Certificado de renta del ejercicio 2020 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de febrero de 2022. No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.

 

3.- También destacar que, en la solicitud, deben indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que se les enviará un código con el que podrán acceder a consultar el estado de su solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, así como a la resolución definitiva. De lo contrario, no podrán acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.

A continuación podréis consultar toda la información sobre la convocatoria aquí:

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